



Tribunal: Corte de Apelaciones de Santiago
Sala: Décima
Fecha: 15 de diciembre de 2020
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:171-20, MJJ306196
Compendia: Administrativo, Municipalidades, Laboral
Voces: - LABORAL - MUNICIPALIDADES - DESPIDO INJUSTIFICADO - HONORARIOS - RELACION DE SUBORDINACION - RELACION DE DEPENDENCIA - PRIMACÍA DE LA REALIDAD - NULIDAD DEL DESPIDO - RECURSO DE NULIDAD - RECHAZO DEL RECURSO -
No obstante reconocerse la mora previsional al haberse controvertido por la parte demandada la naturaleza laboral del vínculo, no procede el castigo que contempla el inciso séptimo del artículo 162 del Código del Trabajo, al ampararse la contratación a honorarios en una fórmula contemplada por la ley, que aunque en los hechos no fue tal, sino una laboral, opera a favor de la parte demandada una razón que la exime de las consecuencias propias de esa vinculación establecida, ya que el basamento legal en el cual se celebraron los sucesivos contratos, les otorgaban una presunción de legalidad, debiendo considerarse, además, que en el contexto que se desarrolla el proceso, tal punición se desnaturaliza, por cuanto las municipalidades no cuentan con la capacidad de convalidar libremente el despido en la oportunidad que estimen del caso, desde que para ello requieren de un pronunciamiento condenatorio.