



Tribunal: Corte de Apelaciones de Iquique
Sala: Primera
Fecha: 4 de diciembre de 2020
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:140-20, MJJ306197
Compendia: Administrativo, Municipalidades, Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - MUNICIPALIDADES - PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN - ESTATUTO DOCENTE - DESPIDO - APLICACION SUPLETORIA DE LA LEY - INDEMNIZACION POR DESPIDO - RECURSO DE NULIDAD - RECHAZO DEL RECURSO -
En el caso de los profesionales de la educación que se encuentren vinculados a una municipalidad en calidad de contratados, que sus contratos se renueven sucesivamente por varios años y que sus servicios terminen por el vencimiento del plazo estipulado, no resulta procedente considerar que tal vínculo ha derivado en uno de carácter indefinido, ni tampoco que proceda el pago de las indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y por años de servicio, por cuanto de acuerdo con las normas que le son aplicables -Estatuto Docente- tal desvinculación opera de pleno derecho.