La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el de fondo interpuestos en contra de la sentencia que acogió parcialmente la demanda de cobro de garantía de arriendo de local comercial. El fallo señala «Que en su arbitrio de nulidad sustancial el impugnante denuncia que en la sentencia recurrida se han infringido los artículos 1545 y 1947 del Código Civil y el artículo 8° N°7 de la Ley N°18.101. Solicita se acoja el recurso, se anule la sentencia y se dicte una de reemplazo que rechace la demanda». ’Que el artículo 772 N° 1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, esto es, que el escrito en que se interpone exprese, es decir, explicite en qué consisten y cómo se han producido el, o los errores, siempre que estos sean de derecho‘, reitera el fallo. La sentencia concluye que, versando la contienda sobre un juicio sumario por devolución de garantía de arrendamiento, la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a denunciar la transgresión de aquellos preceptos que, al ser aplicados, sirven para resolver la cuestión controvertida. Sin embargo, el recurrente omitió extender la infracción al artículo 1915 Código Civil, teniendo en consideración que este forma parte de la normativa aplicada por los sentenciadores para resolver el fondo del asunto. Y al no hacerlo, genera un vacío que la Corte no puede subsanar, dado el carácter de derecho estricto que reviste el recurso de nulidad intentado, razón por la cual se rechazará. Consulte texto completo de la sentencia. (Fuente: Poder Judicial).
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