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Tribunal: Corte de Apelaciones de San Miguel
Sala: Segunda
Fecha: 26 de noviembre de 2020
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:313-20, MJJ306118
Compendia: Administrativo, Municipalidades, Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - MUNICIPALIDADES - ESTATUTO DOCENTE - REMUNERACION - GRATIFICACIONES Y BONOS - ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN MUNICIPAL - ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN SUBVENCIONADA - INTERPRETACIÓN DE LA LEY - RECURSO DE NULIDAD - RECURSO ACOGIDO - SENTENCIA DE REEMPLAZO -
Existió contravención formal de los artículos 1º, 3º y 9º inciso primero de la Ley N°19.933; porque se habría fallado en oposición al texto expreso de estas normas, al disponer que la bonificación proporcional establecida en el artículo 8º de la Ley N°19.410 se establecería también para los profesores del sector municipal, interpretando, además erróneamente dichas normas al haber condenado a la municipalidad a pagar improcedentemente a los demandantes un «aumento de bonificación proporcional mensual».